¿Cuáles son los requisitos para optar a esta bonificación?
- Estar incluidos en los grupos 1, 2, 3 y 4 de cotización al Régimen General de la Seguridad Social.
- Tener una dedicación exclusiva mínima del 85% a la I+D+i.
- Desarrollar actividades I+D+i según las define el Artículo 35 de la Ley Impuesto de Sociedades.
Ventajas de la bonificación por I+D+i
- La empresa disminuye automáticamente el gasto de personal dedicado a tareas de I+D+i, teniendo en cuenta que desarrollos llave en mano, bajo pedido de clientes y proyectos TIC desarrollados a clientes tienen derechos a la bonificación igualmente.
- Este incentivo fiscal es compatible con las deducciones fiscales por I+D+i, solo en caso de contar con el “Sello PYME Innovadora”
- En otras organizaciones que no posean este sello, se puede aplicar ambos incentivos siempre y cuando no se apliquen ambas al mismo personal desarrollador.
¿Cuál es el procedimiento para aplicar esta bonificación?
- Hasta 9 trabajadores bonificables puedes aplicarlas de forma “interna” siempre y cuando documentes adecuadamente las tareas y actividades de I+D+i que realiza cada trabajador bonificado.
- Con 10 o más trabajadores bonificables y a partir del tercer mes de bonificación en un año en curso, deberás iniciar un trámite de certificación con una entidad acreditada por ENAC para aportar en los 6 meses siguientes al año fiscal un informe motivado vinculante.
¿Cuáles son los perfiles de empresas que mejor encajan para este tipo de bonificación?
- Empresas industriales fabricantes de bienes de equipo.
- Empresas dedicadas al desarrollo de software a medida de sus clientes.
- Empresas con departamento de ingeniería o de I+D+i que cuenten con personal dedicado a desarrollos de soluciones o mejoras, bien para sus propios productos o procesos o bien para obtener soluciones o mejoras a medida de sus clientes.
- Empresas con personal técnico, preferentemente ingenieros industriales, biólogos, químicos, farmacéuticos y otro tipo de titulaciones relacionados con la ciencia y la tecnología.
- Pymes con el sello de PYME INNOVADORA ya que además esta bonificación es compatible con la deducción fiscal por I+D+i.
¿Eres una Pyme Innovadora? Descubre qué ventaja tienes con este incentivo
Una de las grandes ventajas de ser PYME Innovadora es que no tienes que elegir el tipo de incentivo asociado al trabajador que se dedique a I+D+i, es decir, normalmente una empresa que no posee este sello, tiene que elegir si quiere deducirse fiscalmente por una persona que realiza actividades de I+D+i o bonificarse la cuota de cotización de la Seguridad Social.
Este sello es un reconocimiento que otorga el Ministerio a aquellas empresas que apuestan por la I+D+i. Si dispones del sello Pyme Innovadora, ambos incentivos son totalmente compatibles, por lo que, por un mismo trabajador, tu empresa podría percibir ambos incentivos.
Pero tendrás otras ventajas, los principales beneficios que vas a poder obtener si solicitas esta bonificación son:
- Ahorro mensual gracias a su aplicación directa.
- Disminución de los gastos de explotación gracias al descenso de los costes de personal.
- Aumento de la competitividad de la empresa.
- Desarrollo de una estrategia de ahorros I+D+i eficaz.
Como puedes ver, optar a esta bonificación a la Seguridad Social por I+D+i puede aportar muchas ventajas económicas a tu empresa. Si quieres saber más te recomendamos solicitar información a empresas especializadas en temas de subvenciones como UpBizor. Además, te recomendamos que veas la grabación del #TalkingAboutTalent 2 sobre Financiación, donde hablamos sobre cómo superar las etapas de financiación y rondas de inversión en una StartUp con éxito.
Para este artículo hemos contado con la colaboración de María Alejandra Vivas de la consultoría Upbizor.
Cuéntanos: ¿Tu negocio se dedica al I+D+i? ¿Has solicitado esta bonificación en alguna ocasión? ¿Ha resultado positiva para tu negocio?
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